NotMid 16/11/2025
ESPAÑA
Entre la “audiencia pública” del 3 de noviembre y el “visto para sentencia” del 13, el Tribunal Supremo ha analizado si el fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, cometió un delito de revelación de secretos. La vista oral, que sentó en el banquillo al jefe del Ministerio Público, ha dejado dos elementos cruciales para la deliberación de los siete magistrados: los demoledores testimonios de los investigadores de la Guardia Civil y la intensa declaración de la víctima, Alberto González Amador, pareja de la presidenta madrileña, Isabel Díaz Ayuso.
Un total de 40 testigos han desfilado ante el tribunal, pero la clave del fallo se centrará en el papel de García Ortiz en la filtración del correo que reconocía dos delitos fiscales por parte de González Amador, y la posterior nota de prensa impulsada por la Fiscalía General.
Testigos Clave: El ‘Dominio’ del Fiscal General
El testimonio más comprometido para el fiscal general provino de la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil, autores de los informes que le señalaron como responsable directo. Los agentes argumentaron que, independientemente de quién ejecutara la acción, García Ortiz tenía el “dominio” de toda la información manejada esa noche.
- La Responsabilidad del Mando: El teniente coronel Antonio Balas fue tajante al señalar la cadena de mando: “Todo lo que se ha filtrado textualmente antes estaba en manos de la Fiscalía General del Estado”. Subrayó que cualquier paso dado por su equipo es, en última instancia, “reprochable a él”, ya que no se haría “sin conocimiento ni dominio del fiscal general.”
- La Urgencia de la Nota: Los investigadores también responsabilizaron a García Ortiz de la nota de prensa por la que se le acusa. El alto mando de la UCO afirmó que es “el fiscal general quien dice y quien mueve esa nota de prensa y quien tiene la urgencia de darla”, evidenciando una comunicación directa con los medios incluso antes de la distribución oficial.
- Rechazo a Investigaciones Prospectivas: La UCO defendió su método de investigación, centrado en personas con “indicios, sospechas de propósito, oportunidad”, en respuesta a los reproches de la defensa por no haber investigado a otros posibles filtradores.
El Daño a González Amador: “Me Habían Destrozado”
El día después de las declaraciones de la UCO, el Supremo escuchó a la víctima directa de la filtración. Alberto González Amador ofreció una comparecencia de gran intensidad emocional, reflejando el perjuicio de airear la confesión de su abogado a la Fiscalía.
“Yo pasé a ser el delincuente confeso del Reino de España. Estaba muerto… El fiscal general del Estado me había matado públicamente, me había destrozado por completo”, declaró el empresario ante el tribunal.
González Amador insistió en que el “punto de inflexión” y el origen de su “indefensión” fue la nota de prensa, cerrando su intervención con una dramática descripción de su situación: “O me voy de España o me suicido”.
La Doble Filtración y la Advertencia de la Abogacía
La vista oral desveló un hecho inadvertido hasta el momento: la propia nota de prensa de la Fiscalía General también fue filtrada antes de su distribución oficial. La directora de Comunicación de García Ortiz, Mar Hedo, admitió que la nota fue publicada en El País a las 07:14 horas del 14 de marzo, varias horas antes de su envío oficial a las 10:22 horas. Este hallazgo ha llevado a las acusaciones a considerar la filtración del correo y la emisión de la nota como una “unidad de acto”.
Desde el ámbito institucional, el decano del Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid (ICAM), Eugenio Ribón, dejó un testimonio revelador que subraya la gravedad de la actuación:
- Confidencialidad Rota: Ribón subrayó que las conversaciones entre abogado y Fiscalía en busca de un acuerdo son “absolutamente confidenciales” y que “sin confidencialidad no es posible una defensa libre”.
- Fractura del Derecho de Defensa: “Nunca habíamos vivido una situación que fracturara de esa manera el derecho de defensa“, aseveró el decano, quien también criticó el protagonismo de la nota de prensa por “la transcripción literal del contenido de los correos”.
El delito por el que piden condenar las acusaciones es la violación de secretos del artículo 417.2 del Código Penal, que castiga a la autoridad que revele “secretos o informaciones de los que tenga conocimiento por razón de su oficio o cargo y que no deban ser divulgados”. Las penas solicitadas van de tres a seis meses de prisión.
Agencias
